CAMBIO DE PLATAFORMA DE ADMINISTRACIÓN ELECTRÓNICA
El Ayuntamiento de Los Alcázares informa que ha comenzado su integración dentro de la Plataforma para la Prestación de Servicios de Administración
El Ayuntamiento de Los Alcázares informa que ha comenzado su integración dentro de la Plataforma para la Prestación de Servicios de Administración
El Ayuntamiento de Los Alcázares ha puesto en marcha una Oficina de Atención “on line” a aquellas personas físicas o jurídicas (particulares, Autónomos, PYMES, establecimientos de hostelería, etc., empadronados o domiciliados fiscalmente en Los Alcázares) para tramitar las ayudas que desde la administración municipal se han adoptado para paliar en la medida de lo posible las consecuencias económicas y laborales derivadas de las medidas de confinamiento y cese de la actividad económica que ha sido necesario adoptar con motivo de la pandemia generada por el COVID-19, quedando sujetas a las siguientes normas:
1.- El Ayuntamiento podrá en cualquier momento comprobar la veracidad de las declaraciones de los solicitantes, procediendo la desestimación de las solicitudes o, en su caso, el reintegro de las cantidades indebidamente cobradas al amparo de estas medidas por no cumplir los requisitos exigidos en ellas.
2.- Quedarán excluidos de las medidas adoptadas por el Ayuntamiento quienes hayan sido denunciados y/o sancionados por incumplir lo dispuesto en el R. D. 463/2020 de 14 de marzo y normas complementarias y concordantes con ésta.
3.- Las medidas aprobadas por el Ayuntamiento podrán ser compatibles con otras ayudas procedentes de las distintas administraciones públicas para la misma necesidad que se pretende cubrir, sin que en ningún caso el total de las ayudas públicas concedidas y/o percibidas pueda ser superior al importe del gasto atendido, procediendo el reintegro al Ayuntamiento del exceso indebidamente percibido.
5.- Las medidas adoptadas por el Ayuntamiento se irán ajustando en sus requisitos, tramitación y/o concesión a las sucesivas disposiciones dictadas por la autoridad competente para hacer frente a las consecuencias sanitarias y económicas derivadas de la pandemia del COVID-19.
El Ayuntamiento de Los Alcázares destina una partida presupuestaria de más de 100.000 euros, para sufragar la subida de las tarifas de agua y evitar que ese incrementa repercuta directamente en los vecinos del municipio durante el 2020.
Reducción del tipo de impositivo del I.B.I para la congelación del recibo correspondiente al año 2020.
Moratoria Fiscal.
Quedan suspendidas hasta finalizar el Estado de Alarma, y sus correspondientes prórrogas, las siguientes tasas:
Respecto de los tributos de cuya gestión recaudatoria se encargue la Agencia Tributaria de las Región de Murcia, y con independencia de los calendarios de pago aprobados por dicho organismo, se propondrá al mismo el establecimiento de un calendario del contribuyente que contemple la misma prórroga establecida en el párrafo anterior, con las adaptaciones oportunas.
Incluir número de teléfono y tabla.
En aquellos supuestos (materiales de construcción, prestación de servicios o realización de actividades de competencia local, uso de instalaciones municipales, etc.) realizados por personas físicas o jurídicas con domicilio fiscal en Los Alcázares en que con motivo del confinamiento ciudadano impuesto por la autoridad competente ante el COVID-19 el hecho imponible no se haya producido aunque se hubiere solicitado por parte del sujeto pasivo y/o concedido por el Ayuntamiento, no se practicará liquidación alguna.
En tales casos, si se hubiere producido el abono de la tasa o precio público, procederá su reintegro
Moratoria de hipotecas y desahucios.
Para personas vulnerables:
Que los ingresos de la unidad familiar en el mes anterior a la solicitud no superen tres veces el IPREM (1613,52€) o cuatro veces en caso de que la familia cuente con algún miembro discapacitado, incapacitado o dependiente. Cinco veces si el deudor es discapacitado físico de al menos un 65%, mental un 33%, o en caso de enfermedad grave que no le permita trabajar.
Todos los ciudadanos que por motivos diferentes se encuentren en una situación de vulnerabilidad social podrán acceder a distintas ayudas sociales puestas en marcha por la Concejalía de Política Social.
Ayudas para el arrendamiento y/o hipoteca de la vivienda habitual.
Ayudas para la atención de desahucio judicial o ejecución hipotecaria de la vivienda habitual.
Ayudas para cobertura de necesidades.
Ayudas para evitar la apertura de expediente de desahucio judicial o ejecución hipotecaria.
Ayudas para reparación o adaptación de la vivienda habitual con el fin de proporcionar niveles básicos de habitabilidad y/o adaptación.
Ayudas económicas para la adquisición de electrodomésticos que mejoren la eficiencia energética.
Ayudas económicas para la adquisición de enseres del gohar tales como mobiliario.
Ayudas para suministros de energía eléctrica, agua y gas, butano, o análogos, en la vivienda habitual.
Ayudas para el abono de deudas contraídas por impago de comunidad de propietarios.
Ayudas para prótesis (auditivas, visuales, dentales y/o ortopédicas).
Ayudas para dietas especiales y/o alimentación infantil.
Ayudas para gastos de desplazamiento.
Ayudas para gasto de medicamentos y otros productos farmacéuticos.
Ayudas para el pago de libros y/o material escolar.
Ayudas para alojamiento alternativo temporal.
Ayudas para pagos de tasas indispensables.
Ayudas para apoyo escolar y actividades extraescolares de los menores.
Consulte la ordenanza municipal para la atención de situación de vulnerabilidad social Ordenanza
Después de varias semanas con las actividades económicas al mínimo, despidos y Expedientes Temporales de Regulación de Empleo (ERTE) debido a la crisis sanitaria a la que hace frente el país, muchas personas no pueden hacer frente al pago del alquiler de su vivienda. El Gobierno, mediante real decreto-ley, ha aprobado un paquete de medidas «para contribuir a minimizar el impacto económico y social del Covid-19».
Descarga la Guia completa
Respecto de los tributos de cuya gestión recaudatoria se encargue la Agencia Tributaria de las Región de Murcia, y con independencia de los calendarios de pago aprobados por dicho organismo, se propondrá al mismo el establecimiento de un calendario del contribuyente que contemple la misma prórroga establecida en el párrafo anterior, con las adaptaciones oportunas.
Incluir número de teléfono y tabla.
En aquellos supuestos (materiales de construcción, Mercados, Ocupación de Vía Pública, Kioskos) realizados por personas físicas o jurídicas con domicilio fiscal en Los Alcázares en que con motivo del confinamiento ciudadano impuesto por la autoridad competente ante el COVID-19 el hecho imponible no se haya producido, aunque se hubiere solicitado por parte del sujeto pasivo y/o concedido por el Ayuntamiento, no se practicará liquidación alguna.
En tales casos, si se hubiere producido el abono de la tasa o precio público, procederá su reintegro.
Moratorias hipotecas y desahucios.
Se impone la moratoria del pago de hipotecas para locales de autónomos y empresas que cumplan:
El Ayuntamiento de Los Alcázares destina una partida presupuestaria de más de 100.000 euros, para sufragar la subida de las tarifas de agua y evitar que ese incrementa repercuta directamente en los vecinos del municipio durante el 2020.
Desde el 14 de marzo hasta el final del Estado de Alarma y sus prorrogas para los comercios obligados al cierre.
Número de teléfono: 968575601
Reducción tipo impositivo I.B.I
Reducción del tipo de impositivo del I.B.I para la congelación del recibo correspondiente al año 2020.
Desde el inicio del Estado de Alarma a 19 de Abril el Ayuntamiento de Los Alcázares ha pagado 822,004,03€
Consultas relacionadas con Establecimientos Comerciales